20 de marzo 2020 | 2:28 pm
Ciudad de México informó hoy la suspensión de pagos y acciones administrativas desde el 23 de marzo hasta el 20 abril, debido a la emergencia que vive el país por el coronavirus COVID-19.
En la Gaceta Oficial de Ciudad de México, la Jefatura de Gobierno anunció la suspensión en plazos y términos para notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, acuerdos, diligencias, resoluciones, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de defensa y demás actuaciones en dependencias, órganos desconcentrados y alcaldías.
La disposición también aplica para recepción, registro, trámite, respuesta y notificación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales (INFOCDMX) que ingresan o se encuentran en proceso en esa plataforma, así como Plataforma Nacional de Transparencia aunque sean por correo postal o telégrafo, correo electrónico, por escrito o en forma personal.
También se otorgará una prórroga en el plazo de cumplimiento de obligaciones fiscales como “presentación de declaraciones y la realización de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020, pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo año”.
Sin embargo, los medios de pago electrónicos de la Secretaría de Finanzas permanecerán en funcionamiento.
El Impuesto sobre Tenencia también es aplazado “en el caso del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuyo vencimiento para la obtención del subsidio es el 31 de marzo de 2020 se otorga una ampliación para la obtención de la condonación respectiva hasta el 30 de abril del mismo año”
Por otro lado, lo que se mantiene en operación regular las ventanillas y realización de trámites tanto para dependencias como alcaldías, en materia de desarrollo urbano, construcción y desarrollo urbano
“Así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos siguientes: expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos y expedición de copias certificadas y testimonios y constancias de Folios. Por lo que la actividad pública en estas materias seguirá operando con normalidad”, indica la gaceta.
Las disposiciones entran en vigor a partir del 23 de marzo y hasta el 19 de abril del 2020, si las condiciones sanitarias lo permiten.
CDMX suspende pagos y trámites administrativos; ventanilla única de construcción permanece abierta
Liz Cervantes
liz.cervantes@elceo.com
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20 de marzo 2020 | 2:28 pm
Ciudad de México informó hoy la suspensión de pagos y acciones administrativas desde el 23 de marzo hasta el 20 abril, debido a la emergencia que vive el país por el coronavirus COVID-19.
En la Gaceta Oficial de Ciudad de México, la Jefatura de Gobierno anunció la suspensión en plazos y términos para notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, acuerdos, diligencias, resoluciones, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de defensa y demás actuaciones en dependencias, órganos desconcentrados y alcaldías.
La disposición también aplica para recepción, registro, trámite, respuesta y notificación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales (INFOCDMX) que ingresan o se encuentran en proceso en esa plataforma, así como Plataforma Nacional de Transparencia aunque sean por correo postal o telégrafo, correo electrónico, por escrito o en forma personal.
También se otorgará una prórroga en el plazo de cumplimiento de obligaciones fiscales como “presentación de declaraciones y la realización de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020, pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo año”.
Sin embargo, los medios de pago electrónicos de la Secretaría de Finanzas permanecerán en funcionamiento.
El Impuesto sobre Tenencia también es aplazado “en el caso del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuyo vencimiento para la obtención del subsidio es el 31 de marzo de 2020 se otorga una ampliación para la obtención de la condonación respectiva hasta el 30 de abril del mismo año”
Por otro lado, lo que se mantiene en operación regular las ventanillas y realización de trámites tanto para dependencias como alcaldías, en materia de desarrollo urbano, construcción y desarrollo urbano
“Así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos siguientes: expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos y expedición de copias certificadas y testimonios y constancias de Folios. Por lo que la actividad pública en estas materias seguirá operando con normalidad”, indica la gaceta.
Las disposiciones entran en vigor a partir del 23 de marzo y hasta el 19 de abril del 2020, si las condiciones sanitarias lo permiten.
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Liz Cervantes
liz.cervantes@elceo.com
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