21 de agosto 2022 | 5:00 am
A partir del 1 de octubre será obligatorio el uso del complemento Carta Porte y el 97% de las Pequeñas y medianas empresas (Pymes) transportistas no tienen la infraestructura necesaria para cumplir con ese requerimiento, con lo que podrían ser sujetas a multas de hasta 97,000 pesos por parte del SAT.
(El complemento Carta Porte) ha mostrado retrasos en la logística, mayor burocracia y necesidad de contratar mayor personal
de acuerdo con la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar).
Desde el 1 de enero se inició el uso de este documento y hasta el 30 de septiembre no se sancionarán a las empresas de transporte, pero después de esa fecha se aplicarán multas, además no se podrá demostrar la procedencia de la mercancía, por lo que se puede presumir ilícita.
También no podrá ser acreditable el servicio de transporte para deducción de ISR o IVA y en caso de reincidencia se puede llegar a clausurar el negocio.
No hay condiciones necesarias
En este sentido, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) considera que no existen las condiciones necesarias para que entre en vigor el complemento Carta Porte, debido a que hay un bajo número de emisiones de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).
Cifras del SAT muestran que de enero a junio se emitieron más de 4,705 millones de facturas electrónicas y se incorporaron al esquema 354,901 contribuyentes nuevos, “equivalente apenas a un 3.3% del total de los emisores”, destacó el IMCP.
Actualmente hay más de 80 millones de contribuyentes en todo el país y, de ellos, estimamos que alrededor de 14 millones transitan mercancías en territorio nacional. De acuerdo con el último informe que muestra el SAT, solamente 67,000 contribuyentes están emitiendo el CFDI con complemento Carta Porte
dijo la presidenta del IMCP, Laura Grajeda.
Los obligados al uso de Carta Porte
Para que las Pymes dedicadas al transporte eviten problemas con las autoridades, la plataforma Alegre.com instó a que las empresas revisen la clave del producto SAT que se usa al emitir las facturas.
Se requerirá la emisión de CFDI de ingreso con complemento Carta Porte cuando sean traslados que recorren más de 30 km de carretera federal
según la plataforma.
Si el traslado no es mayor a 30 km en tramo federal, la clave de producto será 78101801, “Servicios de transporte de carga por carretera (en camión) en área local”.
A fin de evitar sanciones de la autoridad, los contribuyentes que requieran presentar el complemento Carta Porte podrán apoyarse de las plataformas de facturación que les faciliten la captura de datos y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Carta Porte complica operaciones de Pymes; 97% no cuenta con la infraestructura
Miguel Moscosa
miguel.moscosa@elceo.com
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21 de agosto 2022 | 5:00 am
A partir del 1 de octubre será obligatorio el uso del complemento Carta Porte y el 97% de las Pequeñas y medianas empresas (Pymes) transportistas no tienen la infraestructura necesaria para cumplir con ese requerimiento, con lo que podrían ser sujetas a multas de hasta 97,000 pesos por parte del SAT.
de acuerdo con la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar).
Desde el 1 de enero se inició el uso de este documento y hasta el 30 de septiembre no se sancionarán a las empresas de transporte, pero después de esa fecha se aplicarán multas, además no se podrá demostrar la procedencia de la mercancía, por lo que se puede presumir ilícita.
También no podrá ser acreditable el servicio de transporte para deducción de ISR o IVA y en caso de reincidencia se puede llegar a clausurar el negocio.
No hay condiciones necesarias
En este sentido, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) considera que no existen las condiciones necesarias para que entre en vigor el complemento Carta Porte, debido a que hay un bajo número de emisiones de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).
Cifras del SAT muestran que de enero a junio se emitieron más de 4,705 millones de facturas electrónicas y se incorporaron al esquema 354,901 contribuyentes nuevos, “equivalente apenas a un 3.3% del total de los emisores”, destacó el IMCP.
dijo la presidenta del IMCP, Laura Grajeda.
Los obligados al uso de Carta Porte
Para que las Pymes dedicadas al transporte eviten problemas con las autoridades, la plataforma Alegre.com instó a que las empresas revisen la clave del producto SAT que se usa al emitir las facturas.
según la plataforma.
Si el traslado no es mayor a 30 km en tramo federal, la clave de producto será 78101801, “Servicios de transporte de carga por carretera (en camión) en área local”.
A fin de evitar sanciones de la autoridad, los contribuyentes que requieran presentar el complemento Carta Porte podrán apoyarse de las plataformas de facturación que les faciliten la captura de datos y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
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Miguel Moscosa
miguel.moscosa@elceo.com
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