Casi todos los trabajadores tienen derecho a recibir un monto por reparto de utilidades. Se trata de una prestación laboral que como empleado debes obtener con base en el Artículo 123 de la Constitución Política. Consiste en una parte de las ganancias anuales de las compañías, que será repartida entre las personas que trabajaron en el año.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que las empresas tienen hasta el próximo 30 de mayo para darte el reparto de utilidades. En caso de trabajar para una persona física, habrá un mes más de periodo y tendrán que brindarte este beneficio antes del 29 de junio. En caso de no recibir lo correspondiente a utilidades, puede haber consecuencias para el patrón.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) señala que, si no recibes el reparto de utilidades en la fecha límite, tendrás hasta un año para reclamar el pago. Esto también aplica en el supuesto de que se te pague de forma incompleta. Y, por esta razón, el patrón podría recibir multas de hasta 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Hay teléfonos de orientación gratuita para que solicites información en caso de que no recibas completo tu reparto de utilidades. Para ello, debes ponerte en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), a través de sus medios oficiales, como su correo electrónico y números de teléfono. Además, brindan asesoría gratuita en 48 oficinas a lo largo de país.
En caso de que tu patrón no cumpla con el reparto de utilidades, podrá hacerse acreedor a multas de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización, según explica la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, debes tener en cuenta que no todos los trabajadores pueden exigir esta remuneración, pues hay algunas excepciones.
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El pago de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa.
¿Qué debes hacer si tu patrón no quiere pagarte el reparto de utilidades?
Pool CEO
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21 de abril 2023 | 12:04 pm
Casi todos los trabajadores tienen derecho a recibir un monto por reparto de utilidades. Se trata de una prestación laboral que como empleado debes obtener con base en el Artículo 123 de la Constitución Política. Consiste en una parte de las ganancias anuales de las compañías, que será repartida entre las personas que trabajaron en el año.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que las empresas tienen hasta el próximo 30 de mayo para darte el reparto de utilidades. En caso de trabajar para una persona física, habrá un mes más de periodo y tendrán que brindarte este beneficio antes del 29 de junio. En caso de no recibir lo correspondiente a utilidades, puede haber consecuencias para el patrón.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) señala que, si no recibes el reparto de utilidades en la fecha límite, tendrás hasta un año para reclamar el pago. Esto también aplica en el supuesto de que se te pague de forma incompleta. Y, por esta razón, el patrón podría recibir multas de hasta 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Leer también: SAT: Estos son los gastos que puedes deducir si eres asalariado
¿Cómo reclamar el pago de reparto de utilidades?
Hay teléfonos de orientación gratuita para que solicites información en caso de que no recibas completo tu reparto de utilidades. Para ello, debes ponerte en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), a través de sus medios oficiales, como su correo electrónico y números de teléfono. Además, brindan asesoría gratuita en 48 oficinas a lo largo de país.
En caso de que tu patrón no cumpla con el reparto de utilidades, podrá hacerse acreedor a multas de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización, según explica la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, debes tener en cuenta que no todos los trabajadores pueden exigir esta remuneración, pues hay algunas excepciones.
Leer también: ¿Qué pasa si no presentas tu Declaración Anual 2022? Esto haría el SAT
Estas son las personas que no deben recibir utilidades
De acuerdo con los artículos 126 y 127 de la LFT, estas son las personas que no deben recibir reparto de utilidades:
Leer también: ¿Te depositaron más de 15,000 en efectivo? Esto puede hacerte el SAT
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